Indecopi declara ilegales las trabas de la Municipalidad de Jaén para organizar espectáculos
A través de la Resolución N.° 0043-2026/SEL-INDECOPI, el organismo regulador ha confirmado la ilegalidad de diversas disposiciones de la Municipalidad Provincial de Jaén que limitaban severamente la realización de espectáculos públicos no deportivos. Entre las medidas anuladas figura la prohibición de que personas naturales actúen como organizadores, una restricción que carecía de sustento en la legislación nacional. Asimismo, la Sala dejó sin efecto las limitaciones que impedían otorgar más de dos autorizaciones por día y la prohibición injustificada de realizar eventos los domingos, devolviendo la autonomía operativa a los promotores culturales de la región.
Indecopi también declaró ilegal la exigencia municipal de presentar una constancia de pago a la Asociación Peruana de Autores y Compositores (APDAYC) como requisito para tramitar licencias. El fallo aclara que, si bien los gobiernos locales tienen facultades para regular actividades dentro de su jurisdicción, no pueden imponer requisitos que no estén contemplados en la Ley 27276 o el Decreto Supremo 002-2018-PCM.
Esta resolución reafirma que las municipalidades deben actuar bajo principios de simplificación administrativa, eliminando obstáculos que frenan la reactivación económica del sector de entretenimiento sin una base legal sólida.


















