¡Adiós a las llamadas spam!

 ¡Adiós a las llamadas spam!

Desde hoy 31 de marzo, entra en vigencia el Decreto Supremo N°016-2024-Jus, el mismo que aprueba el reglamento de la ley N°29733, ley de protección de datos personales; dicho decreto busca la eliminación de las llamadas ‘spam’ realizado por las diferentes compañías de telecomunicaciones o ‘call center’.

Según el artículo 26 del decreto, las llamadas publicitarias serán lícitas solo con el consentimiento directo del titular de la línea telefónica ante una primera llamada, donde además deberá ser informado de la norma en vigencia.

“En todos los casos, el titular de datos personales tiene derecho de negarse, revocar u oponerse al tratamiento de sus datos personales para fines de publicidad y prospección comercial, para lo cual el responsable del tratamiento debe brindar un medio sencillo y gratuito para tramitar dicha solicitud, la cual se debe atender dentro del plazo máximo de diez (10) días. Negarse, revocar u oponerse al tratamiento de datos personales para fines de publicidad y prospección comercial no debe tener mayor complejidad que la empleada para otorgar el consentimiento”, detalla el artículo 26.5 del decreto.

Asimismo, según el artículo 101, ante la insistencia de las llamadas spam, el titular podrá efectuar la denuncia correspondiente a través del portal web del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

En cuanto a las sanciones, la norma estipula la multa de cerca de 2 millones de soles a la empresa que realice las llamadas si es que el titular haya negado su consentimiento en recibir llamadas publicitarias.

Carlos Marina P.

Carlos Marina P.

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